Opinó congresista Andrés García Belaunde sobre proyecto de ley para regular derecho de ractificación
Lima, 18/08/09 (CNR).- El proyecto de Ley que regula el Derecho de Rectificación de Personas Afectadas por Informaciones Inexactas o Agraviantes en medios de Comunicación es un intento de amordazar a los medios de comunicación, sobre todo a los "chicos o independientes", opinó el congresista Víctor Andrés García Belaúnde.
En declaraciones para la CNR , el congresista consideró que el proyecto “es una forma de amordazar, una forma de decir a los dueños: no contrastes a fulano porque lo que digan podrá hacerte civilmente responsable”.
García Belaúnde se sumó al grupo de especialistas en temas de comunicación al considerar que este proyecto no es necesario ya que es suficiente con la actual legislación.
El nuevo texto recorta de 7 a 3 días el plazo que tienen los medios para publicar una rectificación y modifica el artículo 132 del Código Penal incorporando como posibles agentes de difamación a las páginas Web y los blogs.
La referida iniciativa fue presentada por el Congresista José Vargas, según él, “para dar cumplimiento al derecho de rectificación que le asiste a quien haya sido afectado por afirmaciones falsas, injuriosas, inexactas a través de medios de comunicación”.
El artículo 4º del proyecto de ley establece reducir de siete a tres días como plazo máximo para que los medios de comunicación se rectifiquen, en el caso que éstos tengan edición diaria.
“Si la rectificación no resulta satisfactoria, la persona afectada podrá hacer uso de los medios de defensa previstos en la ley”, consiga en el documento.
El parlamentario Víctor Andrés García Belaúnde consideró que la propuesta legislativa entraña “un mensaje subliminal de mordaza” que si bien afecta a todos los medios, podría afectar más a los medios chicos e independientes.
En la propuesta legislativa también se establece que el medio de comunicación podrá rechazar la solicitud de rectificación cuando ésta no tenga relación inmediata con los hechos o las imágenes que aluden; cuando sean injuriosas o contrarias a las buenas costumbres; o cuando el medio haya rectificado espontáneamente los hechos.
No obstante, aclara líneas abajo el documento,“el manifiesto expreso debe limitarse a los hechos mencionados en la información difundida y en ningún caso puede comprender juicios de valor u opiniones de carácter subjetivo”.
El Proyecto Nº 2971/2008-CR está en agenda en la Comisión de de Constitución y Reglamento en espera de ser debatido por esta comisión.